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Publicada la convocatoria de ayudas para la elaboración de recursos didácticos para su incorporación a las plataformas de acceso público del MECD

Publicada la convocatoria de ayudas para la elaboración de recursos didácticos para su incorporación a las plataformas de acceso público del MECD10/07/2014

Resolución de 16 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para la elaboración de recursos didácticos para su incorporación a las plataformas de acceso público del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

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Resúmen de la convocatoria:

  • Esta resolución tiene por objeto la convocatoria de ayudas, en régimen de publicidad, transparencia, objetividad y concurrencia competitiva, para la elaboración de recursos didácticos que serán incorporados a las plataformas de acceso público del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • Los recursos didácticos estarán diseñados para las siguientes enseñanzas:
    • Educación Infantil.
    • Educación Primaria.
    • Educación Especial.
    • Educación Secundaria Obligatoria.
    • Bachillerato.
    • Formación Profesional (Básica y de Grado Medio).
    • Educación de Personas Adultas para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller, Técnico Profesional Básico y Técnico de Formación Profesional.
  • Los objetivos que se persiguen son motivar al profesorado en el desarrollo de recursos innovadores que contribuyan a mejorar la práctica docente y, además, sirvan para dar respuesta a las necesidades que se plantean dentro del sistema educativo en la sociedad del siglo XXI, y dotar al profesorado de un «banco de recursos» accesible como soporte y ayuda para su planificación y labor docente, de cara a la implantación de las novedades introducidas en la Ley Orgánica 2/2006, en redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013.
  • Las ayudas están destinadas al fomento de la elaboración de recursos didácticos tendentes a mejorar la labor docente en relación con la modificación operada en la Ley Orgánica 2/2006, en redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, lo cual cabe concebir como medida de estímulo para el profesorado.
  • Podrá ser beneficiario de las ayudas convocadas en la presente resolución el profesorado de Educación Infantil, Primaria, Especial, Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Básica o de Grado Medio y Educación de Personas Adultas para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller, Técnico Profesional Básico y Técnico de Formación Profesional de centros españoles sostenidos con fondos públicos.
  • Los profesores podrán presentar su solicitud a título individual o en equipo, hasta un máximo de cuatro profesores por equipo.
  • Únicamente será admitida una solicitud de ayuda por cada equipo o por cada profesor que se presente a título individual.
  • Las solicitudes se cumplimentarán por vía telemática, empleando el modelo que a tal efecto se encuentra disponible en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección: https://sede.educacion.gob.es, Sección «Trámites y Servicios». Una vez completada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el apartado 6, el solicitante deberá confirmarla en la propia sede. Además de confirmar la solicitud es necesario registrarla.
  • El plazo de presentación de las solicitudes será de setenta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»
    • Desde el 11 de julio de 2014 hasta el 18 de septiembre de 2014.

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