Skip to Content
Logo de el Ministerio de Educación

BUSCAR

Imagen Logo INTEF

¿Qué es normalizar?

Documento técnico parte 1 (pdf)

La RAE define normalizar, o tipificar, como la acción de "ajustar varias cosas semejantes a un tipo o norma común".

En el caso de España, la petición para crear una nueva norma se tramita a través de UNE (Asociación Española de Normalización). Allí se analiza y autoriza, o no, el inicio de su desarrollo en función de su necesidad, de la existencia previa de normas relacionadas, o de si ya existe alguna norma en proceso de desarrollo en CEN (Comité Europeo para la Estandarización) o ISO (Organización Internacional para la Estandarización).

Cuando existe una norma de facto en alguna organización, y se quiere validar, se ha de seguir un proceso en el cual están implicados expertos en el ámbito de la materia sobre el que se va a normalizar, auditores de los organismos de normalización y la sociedad pública en general.

Mapa ISO - CEN - UNE

Las autoridades en la materia y los expertos en estándares pertenecen, en su mayoría, a los organismos de normalización/estandarización (UNE, CEN, ISO) y verifican que la norma es válida tanto a nivel de contenidos como en su puesta en funcionamiento. Una vez que los expertos han creado un borrador de la norma, ésta se hace pública para que cualquier persona pueda realizar sugerencias.

España participa en las labores de la ISO a través de UNE, en concreto en el Subcomité SC36 perteneciente al Comité Técnico JTC1 (ISO JTC1/SC36). Este subcomité busca proporcionar interoperabilidad y reutilización entre los diferentes sistemas, herramientas, servicios y recursos digitales, además de acuerdos para el diseño, desarrollo y evaluación de la calidad de los mismos.
Por otro lado, España también pertenece al comité para estándares de aprendizaje del CEN (CT 353) que aunque temporalmente se encuentra sin actividad  (en estado de letargo desde 2013) es el encargado de articular políticas europeas en los aspectos ITLET como normas de cumplimiento europeo.

Hay que tener en cuenta que ningún estándar (norma), ya sea nacional o internacional es de obligado cumplimiento a nivel legal, a no ser que la legislación europea o la nacional haga referencia al estándar en cuestión o incluso se diga que es de obligado cumplimiento. A partir de entonces, la Norma en cuestión pasa a ser Reglamento técnico oficial.